Uno de los delitos contra los menores posee el agravante del acceso carnal, continuado. Fue anterior a otra grave causa donde un joven apareció sin vida.
Un hombre que se desempeñó como cuidador del Hogar de Niños, Niñas y Adolescentes “Rincón de Luz” de la ciudad de Gobernador Virasoro, fue sentenciado a 20 años de prisión por los delitos de “abuso sexual doblemente agravado y abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado continuado”.
La sentencia quedó firme, luego que el Superior Tribunal de Justicia rechazara el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado y dejó firme la condena impuesta por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé.
Los hechos ocurrieron entre los meses de octubre y diciembre del año 2017 cuando el hombre vivía en el mismo hogar, y valiéndose de la corta edad de las niñas, cometía los abusos bajo amenazas, los cuales ocurrieron en muchas oportunidades, según detalla el expediente de la causa.
Las menores pudieron realizar la denuncia a través de la Sala Especializada y la misma fue consideraba como probatoria suficiente actuando con perspectiva de género y protegiendo su integridad en todo momento.
El ministro del Superior Tribunal de Justicia Alejandro Chain, al dar su voto consideró que “los testimonios de las víctimas, aunque no siempre puedan ser corroborados por pruebas físicas, son suficientes para fundamentar la condena, siempre y cuando se los valore con un enfoque crítico y razonado”.
El STJ desestimó las objeciones de la defensa, considerando que la sentencia estaba debidamente fundamentada y que no se habían vulnerado los derechos del imputado. La fundamentación fue acompañada por los ministros; doctor Eduardo Panseri, doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, doctor Fernando Niz y doctor Guillermo Semhan.
En el recurso de casación, la defensa cuestionó la valoración de la prueba y señaló que el Tribunal dio mayor valor a testimonios en la fase de instrucción que a los testimonios obtenidos en el debate. Sostuvo a su vez que una de las víctimas se retractó durante el debate, lo cual, en su opinión, debía cambiar la calificación del delito.
En cuanto al caso específico de la menor que negó la agresión durante el juicio, el Tribunal le dio preponderancia a su declaración original, dada su espontaneidad y coherencia con los informes psicológicos y médicos obtenidos al principio de la investigación. La retractación de la víctima en el juicio se considera un fenómeno común en los casos de abuso sexual, y el Tribunal resalta que, frente a testimonios contradictorios, debe prevalecer la versión inicial, respaldada por los elementos probatorios adicionales.
Gravedad
Cabe señalar que el mismo Hogar de Niños, Niñas y Adolescentes “Rincón de Luz”, con posterioridad a estos hechos de abuso sexual, quedó en el ojo de la tormenta y la mirada de los medios nacionales, cuando uno de los adolescentes internados apareció muerto. Fue a principios del 2022 cuando se abrió entonces una investigación por supuestos abusos y torturas contra los chicos que vivían en el lugar, la cual salpicó incluso a quien fuera directora Sonia Prystupczuk quien debió renunciar. Uno de los testimonios más fuertes fue de una joven de 17 que admitió que quiso suicidarse en tres ocasiones a causa de las agresiones.