En una votación unánime que posiciona a la ciudad entre las pioneras de la provincia de Corrientes en materia de legislación sobre bienestar animal, el Honorable Concejo Deliberante de Goya sancionó la ordenanza que crea el Registro Municipal de personas sancionadas por infracciones relacionadas con el maltrato, la crueldad y la tenencia irresponsable de animales de compañía y canes potencialmente peligrosos. La iniciativa, tramitada bajo el Expediente N° 3.614/26 y de autoría del concejal Antonio Mazzaro, contó con el respaldo de la totalidad del cuerpo tras incorporar aportes de las distintas bancadas.

El nuevo marco normativo establece un padrón oficial administrado por el Municipio que sistematizará los datos de aquellos ciudadanos que cuenten con resoluciones administrativas firmes por faltas a la Ordenanza 1.285 de tenencia responsable, así como de quienes reciban sentencias judiciales condenatorias firmes bajo la Ley Nacional 14.346 de Protección Animal. La norma excluye de forma expresa denuncias en trámite, procesamientos o causas sin resolución definitiva, garantizando el resguardo de datos personales bajo la legislación nacional vigente.
Durante el debate parlamentario se introdujeron modificaciones centrales al articulado del proyecto original. Entre ellas, el Artículo 7° fijó que la permanencia de los infractores en el registro será de dos años contados desde la sanción o sentencia firme, tras lo cual la baja operará de forma automática. Sin embargo, para los casos de reincidencia dentro de dicho período, la norma establece una nueva inscripción obligatoria por un plazo extendido de tres años.
Asimismo, la ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios de cooperación con el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes y el Ministerio Público Fiscal. Este mecanismo permitirá el intercambio fluido de información para cargar de manera directa en la base de datos municipal a aquellas personas que resulten condenadas en el fuero penal por actos de crueldad contra animales domésticos, de trabajo o silvestres en la jurisdicción.
La Dirección de Bromatología —o la dependencia que determine el Ejecutivo en su reglamentación— funcionará como la autoridad de aplicación encargada de actualizar y administrar la base de datos. La norma aprobada otorga un plazo de 30 días al Ejecutivo para la reglamentación del texto y fija su entrada en vigencia plena dentro de los 60 días posteriores, debiendo notificarse además los alcances de la normativa al Juzgado de Faltas Municipal.
Con esta sanción, Goya suma un instrumento punitivo y preventivo que complementa las regulaciones existentes sobre el cuidado de mascotas. La herramienta busca desalentar el abandono y las agresiones en la vía pública, ofreciendo además un registro de consulta para entidades protectoras y vecinos al momento de coordinar adopciones o tenencias dentro del municipio.