La jueza Martina Forns, del fuero Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, dictó una medida cautelar que suspende por seis meses cualquier acto administrativo derivado del Decreto 461/2025, el cual disponía la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad. La decisión judicial surge a raíz de una presentación del gremio Sevina.
La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar, lo que implica que el Estado Nacional y el Poder Ejecutivo deberán abstenerse de «ejecutar cualquier acto administrativo» que pretenda disolver el organismo. Esto incluye específicamente la prohibición de «reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad».
En su fallo, la jueza Forns argumentó que «se verifican circunstancias graves y objetivas» que justifican la medida cautelar para «evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo». Además, hizo hincapié en que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) impiden al Estado alterar unilateralmente condiciones de trabajo establecidas por normas colectivas vigentes.
Cabe destacar que la jueza no se pronunció sobre la nulidad o inconstitucionalidad de fondo del Decreto 461/2025, indicando que esa cuestión requiere un «estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba».