Extensión horaria en circuitos habilitados para actividades deportivas/ recreativas de 9 a 18 horas

Con las firmas del Intendente Municipal Lic. Ignacio Osella y el Secretario de Gobierno Dr. Marcelo Frattini, se resuelve prorrogar la vigencia de las Resoluciones N° 757 y 777/2020 hasta la duración del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio establecido, pudiendo readecuarse al contexto que así lo exija. En ningún caso podrán usar parques, plazas, plazoletas y paseos que no se encuentren debidamente habilitados.

Por medio de esta Normativa se establece la práctica de todas las actividades deportivas y/o recreativas permitidas, en el horario de 9 a 18 horas, en los circuitos habilitados, sin la necesidad de los turnos por días y DNI, con la obligatoriedad de las medidas de seguridad establecidas, como ser permiso para la práctica de las mismas obtenido de la página web de la Municipalidad, barbijo permanente, solo y respetando las distancias impuestas para la actividad de que se trate.

Por esta normativa se deja claramente definido, en ningún caso podrán usar parques, plazas, plazoletas y paseos que no se encuentren debidamente habilitados.

Por medio de la Resolución 864, el Municipio habilita dos sectores más para el sector sur de la ciudad, desde las Avenidas José Jacinto Rolón y Vice Gobernador Francisco Sá, por el camino hacia el Aero Club hasta la Circunvalación y Predio del Barrio Los Eucaliptos.

Goya, 22 de mayo de 2020

RESOLUCION Nº: 864

PRORROGANDO RESOLUCIONES Nº: 757/2020 Y 777/2020.

VISTO

Lo establecido por las Resoluciones Nº: 757/2020 y 777/2020, y;;;

CONSIDERANDO: Que, la primera autoriza hasta el día 10 de mayo de 2020 inclusive, a realizar salidas recreativas de “CAMINATAS Y TROTES” a todas las personas de 14 años en adelante, estableciendo además las condiciones que deben cumplirse para su realización. En similar sentido la Resol. 777/2020 con vigencia hasta el 24 de mayo del corriente; donde además de establecer un catálogo de actividades permitidas, regula la práctica de ciclismo dentro de los circuitos habilitados para ello, y se dispone ampliar además las caminatas y ejercicios a personas de hasta 65 años, permitiendo por otro lado, las salidas recreativas para menores de 14 años.

Que manteniéndose las condiciones que permitieran la flexibilización de la cuarentena obligatoria establecida y demás presupuestos que les dieran nacimiento; encontrándose vencido y/o próximo a vencer, el plazo de vigencia de ambas resoluciones, se torna necesario revisar las mismas.

Que, por tal motivo, el DEM considera conveniente prorrogarlas durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto, como así también durante sus sucesivas prórrogas, pudiendo ser readecuadas al contexto que así lo exija.

Por ello;;;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: PRORROGAR a partir del día de la fecha, la vigencia de las Resoluciones 757/2020 y 777/2020 mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido, pudiendo ser readecuadas al contexto que así lo exija.

ARTICULO 2º: ESTABLECER que a partir de la fecha, la práctica de todas las actividades deportivas y/o recreativas permitidas, podrán ser realizadas todos los días dentro del horario de 9 a 18 hs. en los circuitos habilitados para cada actividad, sin necesidad de turnos por días y D.N.I., pero siendo obligatorio respetar las medidas de seguridad establecidas al respecto, como ser, permiso para la práctica de las mismas obtenido de la página web del municipio, barbijo permanente, solos y respetando una las distancias impuestas para la actividad de que se trate, etc. EN NINGÚN CASO PODRÁN USAR PARQUES, PLAZAS, PLAZOLETAS Y PASEOS que no se encuentren debidamente habilitados.

ARTICULO 3°: HABILITAR para el sector sur de la ciudad, dos circuitos más, para la práctica de actividades permitidas que comprenderán las siguientes calles:

a) Desde Avdas. J.J. Rolón y Vice Gobernador Francisco Sá, por el camino hacia el Aero Club hasta la circunvalación.

b) Predio del Barrio Los Eucaliptos.

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y ARCHIVESE.

DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno LIC. FRANCISCO IGNACIO OSELLA Intendente Municipal