En una sesión marcada por el compromiso con los derechos humanos, la Cámara de Diputados de Corrientes convirtió en ley un proyecto que establece restricciones estrictas al Poder Ejecutivo y sus organismos descentralizados. A partir de ahora, queda prohibido otorgar subsidios, donaciones, créditos o celebrar convenios con instituciones, asociaciones civiles o fundaciones que realicen homenajes, conmemoraciones o cualquier tipo de reivindicación de personas condenadas por delitos de lesa humanidad.

La normativa, que ya contaba con media sanción del Senado, apunta a garantizar que los recursos públicos de la provincia no sean utilizados para financiar o avalar simbólicamente a organizaciones que incurran en la apología de graves violaciones a los derechos humanos. El alcance de la ley es amplio e incluye no solo el aporte de dinero en efectivo, sino también el otorgamiento de préstamos, patrocinios, auspicios o instrumentos de cooperación por parte de ministerios, secretarías, entes autárquicos y empresas del Estado provincial.
Los fundamentos de la ley subrayan que estas conductas de reivindicación resultan incompatibles con los valores democráticos y el orden público. El texto sancionado prohíbe taxativamente la exaltación de hechos o figuras vinculadas a la represión ilegal durante la última dictadura militar, estableciendo un marco de control sobre las entidades que pretendan acceder a beneficios estatales. Para el ciudadano de Goya y de toda la provincia, esto representa una garantía de que sus impuestos no serán destinados a sostener agrupaciones que contradigan las políticas de Memoria, Verdad y Justicia que rigen a nivel nacional y provincial.
El debate legislativo puso de relieve la importancia de consolidar un discurso institucional coherente con el respeto a los derechos humanos. Las comisiones de Hacienda y de Derechos Humanos de la Cámara Baja emitieron despachos favorables destacando que la ley no solo es un acto de justicia simbólica, sino una herramienta administrativa para filtrar la asignación de recursos. En este sentido, cualquier institución que incurra en la incitación al odio o la exaltación de condenados por lesa humanidad perderá automáticamente su aptitud para recibir apoyo financiero o institucional del Gobierno de Corrientes.
Con esta sanción, Corrientes se alinea con la jurisprudencia y las normativas vigentes en otras jurisdicciones del país, reforzando el concepto de que la libertad de asociación no otorga derecho al financiamiento público cuando los fines de la organización atentan contra los pilares básicos de la convivencia democrática. La implementación de la ley requerirá una auditoría sobre los convenios vigentes, marcando un antes y un después en la transparencia y el perfil ético de las políticas de fomento estatal en la provincia.