En una extensa y debatida sesión ordinaria, el Honorable Concejo Deliberante de Goya aprobó por mayoría la ordenanza que prohíbe el ejercicio de la actividad de cuidacoches o «trapitos» en la vía pública urbana. La iniciativa, que contó con el voto favorable del bloque oficialista Vamos Corrientes y la oposición de las bancadas del Partido Justicialista, La Libertad Avanza y el Frente Renovador, introduce un marco regulatorio estricto que restringe la labor informal y faculta a la Municipalidad a aplicar controles directos con el auxilio de la fuerza pública.

Tras un cuarto intermedio en el que los quince concejales redefinieron el texto en comisión, la norma sancionada establece como regla general la prohibición absoluta del cobro o cuidado no autorizado de vehículos en el ejido municipal. La única excepción contemplada abarcará la realización de eventos de concurrencia masiva en zonas delimitadas, donde solo podrán desempeñarse aquellas personas que obtengan un permiso precario otorgado por la Dirección de Inspección General, quedando prohibida de forma drástica la exigencia de montos fijos o tarifados.
Para acceder a la autorización excepcional en jornadas masivas, los aspirantes deberán inscribirse en un Padrón de Cuidadores de Vehículos de la Secretaría de Gobierno. Entre los requisitos exigidos figuran contar con tres años de residencia acreditada en la ciudad de Goya, ser mayor de 18 años y presentar certificado de buena conducta expedido por la Policía de Corrientes. A su vez, los permisionarios deberán utilizar obligatoriamente un chaleco refractario e identificación visible con foto, DNI y zona asignada.
Un aspecto central del articulado radica en la modalidad del pago. El Artículo 10° determina de forma taxativa que la retribución recibida por el cuidador autorizado deberá ser única y voluntaria por parte del conductor, prohibiendo expresamente la fijación de tarifas fijas, la reserva de espacios en la vía pública, el lavado de rodados en la calle o cualquier maniobra de extorsión o intimidación. Quienes incurran en faltas o ejerzan sin el permiso municipal deberán cesar la actividad de inmediato ante el requerimiento de los inspectores o de la Policía provincial.
El tratamiento en el recinto expuso miradas contrapuestas sobre el abordaje del uso del espacio público. Desde la bancada oficialista se argumentó la necesidad de dotar al Departamento Ejecutivo Municipal de herramientas legales para atender los constantes reclamos de los vecinos y comerciantes por abusos en el microcentro, la zona de la Costanera y los corredores gastronómicos, remarcando la importancia de proteger el derecho a la libre circulación y erradicar la presencia de menores en el cobro informal.
Por su parte, los bloques opositores fundamentaron su rechazo señalando inconsistencias en la aplicación práctica de los controles e insistiendo en el impacto económico que la restricción genera sobre familias en situación de vulnerabilidad. Tras la votación, la normativa contempla un plazo de 60 días para que el Ejecutivo municipal instale la señalética informativa correspondiente en las arterias donde rige la prohibición absoluta, fijando capacitaciones obligatorias en educación vial y atención al ciudadano para quienes integren el registro oficial.