“Se considera necesario dictar la emergencia Sanitaria en el ámbito del municipio, a fin de establecer una serie de compromisos y obligaciones a cumplir, tanto por parte del Estado municipal, como por los centros de salud y toda la ciudadanía; derivados también de la declaración de la Organización Mundial de la Salud, Estado Nacional y provincial, a fin de detener de los avances de la enfermedad del DENGUE Y CORONAVIRUS”, señala el documento oficial. Además, se dispuso otorgar licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras en el ámbito municipal que, habiendo ingresado al país desde el exterior, que en forma voluntaria permanezcan en sus hogares de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Salud de la Nación.
Se Declara la Emergencia Sanitaria en todo el Departamento de Goya por el término de un año a fin de evitar propagación del DENGUE y CORONAVIRUS.
Se resuelve otorgar Licencia Excepcional a Trabajadores Municipales.
En la mañana del viernes el Vice intendente Daniel Avalos mantuvo una reunión con el Secretario de Gobierno Dr. Marcelo Frattini, de la cual además participaron el Secretario de Desarrollo Humano Dr. Mariano Hormaechea, el Director de Atención Primaria de la Salud Dr. Emilio Martínez y el Director de Turismo Darío Viera.
El propósito de la reunión fue avanzar sobre los temas de prevención y concientización, además se decidió establecer un Equipo del Municipio a fin de informar, distribuir la comunicación oficial que contenga todos los datos necesarios sobre los cuidados que deben tener en cuenta ante esta situación y dar a conocer lugares y números destinados a las consultas:
Ante cualquier síntoma consulta al médico o comunícate al 03794-474811 o al celular 03794 -895124 y línea 107.
Trabajo de Prevención, Descacharrado y Fumigación.
La prevención del dengue en zona del Cementerio y Paraje Soledad, con limpieza de depósitos de agua en floreros y concientización. Se invitó a cambiar el agua por arena.
Según informaron, como parte de la campaña de prevención, en el hall de ingreso al mismo se dispuso de volantes informativos y personal que explica las formas de prevención de la enfermedad.
En la tarde se procederá a la fumigación de la Necrópolis Local.
Allí se entregó folletería, se brindó información y recomendó rellenar con arena los floreros de las tumbas y nichos y evitar así el uso de agua.
Esto obedece a que en estos recipientes quedan pequeños depósitos de agua estancada, y ese es el ambiente ideal de reproducción del mosquito; además es un lugar que tiene un intenso movimiento de personas.
Esta misma tarea de prevención, descacharrado se realizó en el Barrio Alberdi, donde se ha tomado contacto con los vecinos explicando las maneras de prevenir y la importancia del descacharrado, además la entrega de repelente.
El sector comprendió las calles Rivadavia, Las Heras, Alberdi, Lavalle, Brasil Rolon, 9 de julio y Cortada Julio López Díaz.
El sábado desde las 9m horas la tarea de prevención, información, distribución de folletería, repelente, en caso de ser necesario fumigación y descacharrado se realizará en la zona del Puerto Boca
RESOLUCION N° 582
DECLARANDO LA EMERGENCIA SANITARIA
VISTO
El Decreto N° 507/20 del Gobierno de la Provincia de Corrientes, donde declara la emergencia para la lucha contra el Dengue y el Coronavirus en el territorio del Departamento Capital, y localidades de alrededores;
CONSIDERANDO:
Que, el informe producido por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Corrientes, respecto a la presencia del Mosquito (AEDES AEGYPTIS), transmisor de los virus causales de las enfermedades DENGUE, donde aumento considerablemente el número de infectados por este Virus.
Que el trabajo que viene desarrollando el DEM, a través de la Secretaria de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Goya, consistentes en tareas de descacharrizado y desinfección, además de brindar charlas, y difusión masiva de cómo prevenirlo, a fin de evitar la propagación del dengue en la ciudad.
Que, siendo medidas fructíferas hasta el momento, pero, sin embargo, estamos ante un riesgo inminente de la propagación de la enfermedad dada la cercanía que tenemos con las ciudades afectadas, y que, en nuestra ciudad según información del Ministerio de Salud de la Provincia, existe un caso importado con serología positiva.
Que se considera necesario reforzar las medidas adoptadas, con el fin de preservar la Salud pública en este sentido, debiendo en muchos casos a tomar medidas rápidas, como bloqueos de zonas, o disposiciones urgentes de, cortes de pastos o limpiezas en terrenos o zonas de particulares.
Que, por otro lado, con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo COVID-19 (coronavirus) como una pandemia, y animó a todos los países a tomar las medidas apropiadas para prepararse a ello.
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus.
Que, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 260/2020 declaro la emergencia en el país por un año, instando a todos a adoptar las medidas tendientes a que no se propague el Virus.
Que, en la situación actual, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en evidencia científica, que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.
Que esta emergencia, además debe obligar a todos los ciudadanos adoptar medidas, y/o cumplimientos a fin de evitar la propagación de la enfermedad, conforme al reglamento anexo y que es parte integrativa de la presente resolución.
Que, en virtud de lo explicado, se considera necesario dictar la emergencia Sanitaria en el ámbito del municipio, a fin de establecer una serie de compromisos y obligaciones a cumplir, tanto por parte del Estado municipal, como por los centros de salud y toda la ciudadanía; derivados también de la declaración de la Organización Mundial de la Salud, Estado Nacional y provincial, a fin de detener de los avances de la enfermedad del DENGUE Y CORONAVIRUS
Por ello
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: DECLARESE la EMERGENCIA SANITARIA en todo el Departamento de Goya por el termino de 1 (un) año, a fin de evitar la propagación del DENGUE Y CORONAVIRUS.
ARTICULO 2°: REMITASE al HCD Proyecto de Ordenanza Declarando la Emergencia en la lucha contra el Dengue y Coronavirus en todo el territorio del departamento de Goya
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, publíquese sáquese copia para quien corresponda y archívese
DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno CP DANIEL JACINTO AVALOS Vice intendente Municipal A cargo
RESOLUCION No 594
OTORGANO LICENCIA EXCEPCIONAL A TRABAJADORES MUNICIPALES
Y VISTO
EL decreto No 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, el Decreto No 507/2020 del Poder Ejecutivo Provincial y las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública de la Nación, en orden a la prevención y lucha contra el Coronavirus (COVID-19)
Y CONSIDERANCO:
QUE EL NUEVO Coronavirus (COVID19), como es de público conocimiento, se propaga aceleradamente a nivel mundial.
Que atento a que el virus que causa el COVD.19 se está propagando de persona a persona, resulta de vital importancia la pronta aislación de ellas efectos que no representen un riesgo de infección para otras.
Que en tal sentido es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que esta urgente necesidad de aislamiento de personas en riego eventual de padecer la enfermedad, genera.
Que, por tal motivo, corresponde brindar a los trabajadores Municipales, las garantías que derivadas de su relación de trabajo pudieran verse afectadas por esta contingencia, de manera tal que la misma no altere los derechos que le son normativamente reconocidos.
Que, a tal fin, corresponde otorgarles con carácter excepcional licencia especial que permita cumplir con las prevenciones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública de la Nación o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes sin que tal situación afecte cualesquiera de los elementos esenciales de su vínculo laboral, necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar.
POR ELLO:
El VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Otórguese licencia excepcional de 14 días corridos, a todas aquellas personas trabajadoras en el ámbito municipal en relación de dependencia que, habiendo ingresado al país desde el exterior, que en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO 2º: La Licencia establecida en el artículo precedente no afectara la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales como así tampoco de los adicionales que por Ley o Convenio les correspondiere percibir.
ARTICULO 3º: La Licencia Excepcional prevista en la presente no se computará a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
ARTICULO 4º: Invitase a los Empleadores del Sector Privado a adherirse a la presente Resolución y/o adoptar medidas similares en pos del bien del trabajador y de la población en general.
ARTICULO 4º ES DE FORMA