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Condenas de 7 y 6 años de prisión para ex policía, su esposa y cómplices

Sergio Octavio Borda, ex policía de Corrientes, fue condenado a 7 años de prisión efectiva y una multa de $9.500 por costas del juicio por abigeato agravado y tenencia de arma de fuego. Mientras que los otros tres acusados: Sebastián Gustavo Borda, Norma Itatí Contreras y Ana Lida Romero, fueron declarados co autores con la imposición de una pena de 6 años de prisión efectiva, con las costas del proceso. Estuvo en el debate escuchando y como testigo el presidente de la Sociedad Rural de Goya, Gastón Giqueaux.

Este 8 de marzo de 2024, el Tribunal Oral Penal de Goya decidió la situación procesal de los acusados SERGIO OCTAVIO BORDA, su pareja y/o esposa NORMA ITATÍ CONTRERAS, como también SEBASTIÁN GUSTAVO BORDA y su pareja y/o esposa ANA LIDA ROMERO, quienes fueron asistidos por el Dr. Sergio Basiliano Blanco (defensor).

En tal sentido, dicho Tribunal por unanimidad hizo lugar parcialmente a la acusación presentada por el Fiscal de UFIC, Dr. FRANCISCO A. ARRÚE, y en consecuencia declaró en sus contras veredicto de culpabilidad imponiéndoles las siguientes penas:

SERGIO OCTAVIO BORDA (ex policía de la provincia de Corrientes) fue declarado COAUTOR (art. 45) del delito de ABIGEATO DOBLEMENTE AGRAVADO (Art. 167 Quater Incisos “1” y “6” del CP), y COMO AUTOR (art. 45 del C.P.) del delito de TENENCIA ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN LEGAL (Art. 189 bis, apartado segundo del CP), imponiéndose una pena de 7 años de PRISIÓN EFECTIVA y UNA MULTA DE $9.500., con costas del proceso.

Mientras que los otros tres acusados: SEBASTIAN GUSTAVO BORDA, NORMA ITATÍ CONTRERAS, y ANA LIDA ROMERO fueron declarados CO AUTORES (art. 45 del C.P.) por el delito de ABIGEATO DOBLEMENTE AGRAVADO (Art. 167 Quater Incisos “1” y “6” del CP), con costas del proceso, con la imposición de una PENA de 6 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA, con las costas dl proceso.

También se hizo lugar al pedido de la Fiscalía respecto al DECOMISO y/o DESNATURALIZACIÓN de los bienes que fueron usados como instrumentos del delito (cfr. art. 23 del CP.) que fueran un automotor, cuchillos y linternas y un arma de fuego calibre 22 largo con su cargador; ordenando la remisión al Excmo. Superior Tribunal de Justicia de Corrientes para su cumplimiento.

Cabe aclarar que las víctimas de este aberrante hecho de abigeato fueron Marcela Viviana Árnica y su esposo, Ovidio Luis Vicentín, productores ganaderos, que explotan un establecimiento rural en la zona de la 2da. Sección Pje. Santillán del Departamento de Goya, lugar de donde les fue sustraída una vaquilla de 400 kg.; iniciándose el caso por la Unidad Especial Ecológica Rural Especial de la ciudad de Goya.

El hecho que formó parte de la acusación fiscal fue que el día 31 de mayo de 2023 momentos después de las 23 hs. y antes de la 01.44hs. del día 1 de junio de 2023, SERGIO OCTAVIO BORDA, SEBASTIAN GUSTAVO BORDA, NORMA ITATÍ CONTRERAS, y ANA LIDA ROMERO, se dirigieron en un automóvil marca Chevrolet, modelo Agile 5 puertas de color rojo, dominio colocado JMB-657; conducido por el propietario del mismo: Sergio Antonio Borda, quien detuvo la marcha de dicho vehículo sobre la banquina de la calle pública, en frente del Establecimiento Rural: “El Legado”, situado a la vera de la Ruta Provincial Nro. 83 del Paraje Santillán, 2da. Sección del Dpto. de Goya, donde posee animales vacunos la Sra. Marcela Viviana Árnica, bajándose dichas personas del vehículo, ingresando al campo con cuchillos, linternas y una (01) carabina (rifle), calibre 22 largo, cargada y “apta para el disparo”, lugar donde se apoderaron de un animal vacuno raza Braford, de aproximadamente de 3 años de edad, categoría vaquilla, numerada con el “0”, de unos 400 kgs., con diseño de marca y señal correspondiente al título N° 96.683 propiedad de la Sra. Marcela Viviana ARNICA, D.N.I. N° 23.933.605, que se encontraba dentro del Establecimiento Rural aludido; dándole para ello muerte al mismo a través de un disparo con el arma de fuego antes mencionada, en la región posterior de la oreja izquierda y con los elementos punzo cortantes (cuchillos) provocaron una herida de unos 4 a 5 cm. en el pecho, para luego despostar el animal en segmentos o regiones, dividiéndose para esto las tareas funcionales (por lo menos 2 de ellos alumbraban a los otros dos con linternas que también tenían en su poder para la ejecución de la faena clandestina); y, tras cortar el alambre inferior del campo, arrastraron las partes faenadas del animal vacuno desde el lugar donde se produjo la matanza y fraccionamiento con los cuchillos, haciendo pasar dichas partes por debajo del alambre inferior que cortaron, dejando suficiente espacio de diámetro para poder realizar dicho traspaso y su posterior colocación en el baúl del automóvil antes descripto; y, tras un llamado telefónico realizado aproximadamente a las 23:48hs. por el capataz de dicha estancia: Miguel Argentino Arguello, -quien escuchó la detonación del arma de fuego y también vio un automóvil sospechoso en el lugar-, alertó a la Unidad Especial Seguridad Rural y Ecológica de Goya, cuyo personal a la 01,44 horas, interceptó a dichas personas que circulaban en el automóvil antes mencionado, en la Intersección de los parajes Marucha y Santillán, 2da. Sección de este departamento de Goya; quienes al momento de inspeccionar el rodado se encontraron con los restos del animal faenado, una (01) carabina (rifle), calibre 22 largo, N° 29.490, marca Ruby Extra, modelo no visible, culata de madera en regular estado, con su correspondiente cargador, con cuatro (04) proyectiles intactos del mismo calibre, cinco (05) cuchillos de distintas longitud dos (02) de ellos con sus correspondientes vainas de suela, de aproximadamente 20 cm. de longitud, y uno con la insignia de S.O.M.U, dos (02) de los cuales no tienen vainas y poseen mango de metal enterizo, de 25 cm. aproximadamente y el restante sin vaina, con cabo de madera y una hoja de 15 cm. aproximadamente, con la silaba SIMONAGGIO; 2 (dos) linternas led recargables (una de color negro y con detalles bordó en regular estado marca Shunshi SS-873 y la restante, de color blanco con detalles de color naranja, posee luz frontal y lateral con manija, ambas en funcionamiento); no pudiendo justificar la propiedad de dichos elementos y del animal faenado, como tampoco la tenencia del arma ocupada para realizar la matanza del animal que tenían a su disposición consigo; procediéndose al secuestro del automóvil, los elementos utilizados y a la aprehensión de sus ocupantes, en procedimiento de flagrancia.

Finalmente se destaca la participación del personal de la UFIC de Goya a cargo del Dr. Francisco A. Arrúe y el equipo interdisciplinario de peritos del Ministerio Público Fiscal, con la intervención activa de la Lic. en Criminalística y Criminología Marixel Itatí Esquivel y Tamara Muniagurria, quienes realizaran pericias balísticas y relevamientos del lugares del hecho, fotografías y levantamientos de muestras en el lugar del hecho, como también de la la Policía Rural a cargo del Comisario Mayor Carlos Gabriel Quiroz y el Oficial Jose Ignacio Beneventano y su equipo de trabajo.

Finalmente se destaca que las penas pedidas por la Fiscalía fueron mayores a las impuestas por el Tribunal Oral Penal.