BCRA limita dólar a empresas: cuáles son los nuevos requisitos

La entidad señaló que desde ahora las firmas con dólares en el exterior deberán utilizarlos, en lugar de pedírselos a la autoridad monetaria.

En busca de ponerle un tornique a la salida de los dólares de las reservas, el Banco Central comenzó a intensificar el control sobre el mercado de cambios, tal como lo había anticipado este diario días atrás. Por un lado, el BCRA estableció que a partir de ahora aquellas compañías que tengan dólares atesorados líquidos los usen para cancelar pagos de importaciones en lugar de ir al Mercado Único y Libre de cambios (MULC). Si quieren ir al MULC deberán tener la conformidad de la entidad monetaria.

Pero además quienes redujeron deuda comercial no podrán ir al MULC si tienen un nivel de endeudamiento inferior al de comienzos de año, de lo contrario también deberán obtener la conformidad del BCRA para ir hacerse de las divisas en el MULC. También las medidas incluyen al dólar Contado con Liquidación (CCL), al respecto el ente monetario decidió que tomando como referencia el 1 de abril pasado las empresas que hayan operado en el CCL no podrán ir al MULC, y aquellas que fueron al MULC deben esperar 90 días para ir al CCL. Antes el plazo era de 30 días anteriores y posteriores, ahora se pasó a 90 días.

Según comunicó, el Directorio del BCRA encabezado por Miguel Pesce dispuso que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior. Además, se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.

Adicionalmente, el Directorio dispuso nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes. Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.

“El Gobierno se encuentra realizando importantes esfuerzos de asistencia a empresas afectadas por la crisis generada por el Covid-19, a través de diversos instrumentos como el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos. El propósito del BCRA es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior”, explicó el ente monetario.

Ahora, “para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloquerá el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes”.

De esta manera el BCRA intenta ir frenando las “fugas” del dólar a pesar del control de cambios imperante. En poco menos de mes y medio ya perdió más de u$s1.000 millones de las reservas que han caído por debajo de los u$s43.000 millones.